domingo, 29 de diciembre de 2013

Normas de acotación I

Como hemos visto, la forma de registrar sobre el dibujo las dimensiones del objeto esta sujeto a una serie de reglas recogidas en un norma a la cual nos debemos acoger.

  1. Una cota solo se indicará una sola vez en un dibujo, salvo que sea indispensable repetirla.
  2. No debe omitirse ninguna cota.
  3. Las cotas se colocarán sobre las vistas que representen más claramente los elementos correspondientes.
  4. Todas las cotas de un dibujo se expresarán en las mismas unidades, en caso de utilizar otra unidad, se expresará claramente, a continuación de la cota.
  5. No se acotarán las dimensiones de aquellas formas, que resulten del proceso de fabricación.
  6. Las cotas se situarán por el exterior de la pieza. Se admitirá el situarlas en el interior, siempre que no se pierda claridad en el dibujo.
  7. No se acotará sobre aristas ocultas, salvo que con ello se eviten vistas adicionales, o se aclare sensiblemente el dibujo. Esto siempre puede evitarse utilizando secciones.
  8. Las cotas se distribuirán, teniendo en cuenta criterios de orden, claridad y estética.
  9. Las cotas relacionadas. como el diámetro y profundidad de un agujero, se indicarán sobre la misma vista.
  10. Debe evitarse, la necesidad de obtener cotas por suma o diferencia de otras, ya que puede implicar errores en la fabricación.


Acotacion. Generalidades

Para tratar el tema de la acotación, lo dividiremos en varias entradas. En esta primera trata acerca de las generalidades sobre acotación: Definición, tipos, normativa, elementos... Primero una presentación



sábado, 28 de diciembre de 2013

Normas de acotación II

Esta presentación detalla los elementos que componen la acotación de una pieza y explica las normas que deben cumplir. Complementa a la presentación de la entrada sobre acotación.Fuente original